SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 16 de enero de 2013, el representante de la empresa Comercializadora y de Mercadeo Serranías NEVADA S.A., realizó una reunión con todo el personal de la Cervecería “CORDILLERA” dependiente de la empresa AIDISA BOLIVIA S.A., en la que se encontraba trabajando, oportunidad en la que les comunicaron a todos los trabajadores, que las dos empresas decidieron disolver la sociedad de comercialización del producto y que todo el personal que era de AIDISA BOLIVIA S.A., pasaría a formar parte de la planilla de trabajadores de la empresa Comercializadora y de Mercadeo Serranías NEVADA S.A., el 18 del mismo mes y año, el gerente de recursos humanos de AIDISA BOLIVIA S.A., confirmó lo anunciado, comunicándoles que no iba cambiar nada, toda vez que, había un convenio de continuidad laboral. 

En base al referido convenio, el accionante fue contratado, por la empresa Comercializadora y de Mercadeo Serranías NEVADA S.A., el 19 de enero de 2013; sin embargo, el 11 de abril del mismo año, fue despedido mediante memorando 2013/049, indicando falta de responsabilidad y seriedad en el trabajo, según Antonio Claure, Jefe Regional de Ventas, se le entregó memorandos por haber reclamado el pago de horas extras, domingos y transporte por trabajos realizados hasta la madrugada, los cuales hacían ver la falta de compromiso con la empresa, despido que fue efectuado, sin considerar que su esposa se encontraba en estado de gestación, con un embarazo de 8 meses, por lo que, estaba realizando su trámite de solicitud de pago de subsidios, oportunidad en la que le despidieron injustamente, debido a esa arbitrariedad recurrió ante el Ministerio de Trabajo a denunciar la vulneración de sus derechos al trabajo e inamovilidad en su condición de padre progenitor, logrando el 14 de febrero de 2014 la conminatoria de reincorporación laboral, con la reposición de sueldos devengados desde el momento de su despido, como la cancelación de los subsidios retroactivamente hasta que su hijo cumpla un año, pago de aguinaldo y demás derechos laborales, con la que fue notificada la empresa Comercializadora y de Mercadeo NEVADA S.A., a la cual hizo caso omiso.