SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2014-S3
Fecha: 08-Dic-2014
Fragmento 9
El accionante denunció la lesión a su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral, argumentando que debido al despido ilegal de parte del demandado, acudió ante el Jefe Departamental de Trabajo de Oruro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dicha autoridad emitió la conminatoria 001/“2012” de 26 de marzo, por la cual ordenó al SEDCAM de Oruro reincorpore al accionante; sin embargo, dicha resolución fue impugnada y mediante la RA 24/2014 de 22 de abril, se revocó en todas sus partes porque existió un error formal debido a que se consignó la gestión 2012 cuando lo correcto era 2014, emitiéndose nuevamente la conminatoria 004/2014 el 25 de abril, disponiendo su reincorporación más el pago de sus salarios devengados y demás derechos sociales, no obstante dicha instrucción no fue cumplida.