SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2014-S3
Fecha: 08-Dic-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral, alegando que el 15 de enero de 2014, al retornar a su fuente de trabajo fue despedido por el Superintendente de obras del SEDCAM de Oruro, situación que aconteció posterior a la solicitud de un permiso, debido a que tuvo que asistir a una audiencia de asistencia familiar en el Juzgado Primero de Instrucción de Familia del departamento de Oruro, ante tal determinación presentó su denuncia en la Jefe Departamental de Trabajo de Oruro del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que posteriormente emitió la Conminatoria 004/2014 el 25 de abril, mediante la cual se dispuso que la parte demandada proceda a la inmediata reincorporación del accionante en un plazo de tres días; sin embargo, dicha instrucción no fue cumplida por la autoridad demandada vulnerando su derecho al trabajo y a la estabilidad laboral.