SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2014-S3

Fecha: 08-Dic-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado de la parte accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de amparo; y en audiencia, manifestó que el principio de subsidiariedad, se cumplió interponiendo el recurso de reconsideración que no fue resuelto en término hábil por el Concejo Municipal; por cuanto, dicha impugnación fue presentada el 27 de diciembre de 2013, ante Notario de Fe Pública, que fue posteriormente dejado en Secretaria del Concejo Municipal, conforme el art. 43 de la LM, y si dicho documento no fue puesto a conocimiento del Concejo eso ya no incumbe a la parte accionante.