AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2014-RCA

Fecha: 03-Feb-2014

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

Se aduce la vulneración de los derechos a la irretroactividad de la ley, a la propiedad privada, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la presunción de inocencia y al debido proceso, establecidos en los arts. 8, 13.IV, 26.I, 56, 57, 108, 115, 116, 117, 119.II, 120, 123, 178 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2, 9, 21.1 y 2, 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 11.1 y 2, 17.1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14,2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.