AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2014-RCA
Fecha: 12-Feb-2014
Fragmento 1
En revisión la Resolución 61/2013 de 24 de diciembre, cursante de fs. 129 a 130 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Angélica Remedios Pariguana Copa, Antonio Etzel Ricardi Blacutt, Raúl Primitivo Zapana Larico y Miguel Ángel Cerff Luizaga contra Omar Oscar Rocha Rojo, Gabriela Teresa Niño de Guzmán García y Lucio Freddy Miranda Avendaño; María Denise Osterman Stumpff, Esteban Yana Charcas, Silvia Tamayo Salvatierra, Guillermo Mendoza Avilés, Blanca Exaltación Solíz Laura, Felipe Jorge Silva Trujillo, Virginia María Pinedo y Carlos Alberto Ramírez Alípaz, respectivamente Presidente, Secretaria y Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- plazo máximo de seis meses, computable a partir de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- características, rasgos identificadores y consustanciales de un determinado modo de ser, inherente al ámbito jurídico, sin los cuales resultaría arduo asimilar elementos básicos de concurrencia de cualesquier instituto jurídico
- se reviste por los principios de subsidiariedad e inmediatez, como características o rasgos identificadores de esta acción
- II.3.
- CONFIRMAR