Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2014-RCA
Fecha: 12-Feb-2014
I.3. Petitorio
Solicitan se les conceda la tutela y se deje sin efecto las OOMM G.A.M.L.P. 103/2012 de 16 de febrero y 225/2013 de 14 de mayo, emitidas por el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, para que las sobreposiciones existentes puedan ser saneadas conforme a la Resolución Administrativa (RA) 0062/2009 de 23 de abril y del informe DAT-USCT-0409/2009 de 21 de igual mes.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- plazo máximo de seis meses, computable a partir de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- características, rasgos identificadores y consustanciales de un determinado modo de ser, inherente al ámbito jurídico, sin los cuales resultaría arduo asimilar elementos básicos de concurrencia de cualesquier instituto jurídico
- se reviste por los principios de subsidiariedad e inmediatez, como características o rasgos identificadores de esta acción
- II.3.
- CONFIRMAR