SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2014
Fecha: 05-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde el 20 de agosto de 2012, en unión de hecho convivió con Tatiana Patricia Michel Llanos, constituyendo su domicilio en la calle Torrelio 377, llegando a procrear una hija que nació prematura el 29 de agosto de 2013, falleciendo la madre debido a un accidente cerebral vascular hemorrágico el 2 de septiembre del mismo año. Es así que luego de realizar el trámite respectivo y contratar la funeraria, se dirigió a su domicilio conyugal para descansar, siendo grande su sorpresa al encontrar que la puerta de acceso a su departamento se encontraba con cadenas y candados; empero, por lo avanzado de la hora decidió retirarse al domicilio de sus padres.
Refiere que al día siguiente se constituyó a su hogar, donde la dueña de casa Blanca Márquez, codemandada, le aseguró tener las llaves de cadenas y candados, pero no le permitiría el ingreso debido a que los ahora demandados le ordenaron que nadie ingrese sino únicamente ellos, cuando así lo dispongan; respondiéndole la necesidad que tenía de sacar dinero ropa y otros enseres para su hija que se encuentra internada en el hospital además de los útiles de su hijo de ocho años que vivía con su difunda conviviente, razones que no fueron entendidas impidiéndole el ingreso, sin considerar que en dicho lugar tiene dineros y enseres de su propiedad como de la fallecida.
Expresa que el impedirle el acceso a su hogar con este proceder de hecho, coarta su derecho de libertad a la locomoción y a la vida que tiene su hija menor, además del secuestro de sus bienes, dineros, valores, muebles y otros, por parte de los demandados que resultan ser el ex marido de la fallecida y su hermano. Posteriormente, luego de abandonar el domicilio recibió una llamada telefónica de Eduardo Márquez, demandado que se identificó como Jefe de la División Propiedades de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), comunicándole que Julio Michel, codemandado presentó denuncia por la supuesta comisión del delito de robo en su contra, debiendo por ello constituirse en esas dependencias, a lo que agregó que recibió otras tres llamada siendo amenazado de muerte que si seguía insistiendo en ingresar en el departamento y que mejor se fuera de la casa si no sus hijos pagarían las consecuencias.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 10
- III.2.Reconducción de la presente acción de libertad y tutela de medidas de hecho ante evidente vulneración de los derechos fundamentales y garantías constitucionales del accionante
- III.3. P
- III.4. Análisis del caso concreto