Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2014
Fecha: 05-Feb-2014
a)
Asimismo, aclaró y amplió lo siguiente: a) Ante la solicitud de audiencia de cesación a la detención preventiva de 15 de agosto de 2013, no se señaló audiencia, simplemente se hizo referencia al acta de 9 de agosto del 2013, donde su abogado fue declarado con abandono malicioso y sancionado con la suma de “Bs. 9900” nueve mil novecientos bolivianos, como sanción disciplinaria, por lo que el 20 de citado año se reiteró dicha solicitud; y, b) Desde el 15 del mes y año referidos, fecha de su primera solicitud hasta el 20 de igual mes y año, donde se señala la audiencia para el 27 de agosto, transcurrió el termino de doce días aproximadamente en la demora para el señalamiento de dicho acto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- las características que diseñan su naturaleza son la sumariedad, celeridad, inmediatez en la protección e informalismo que la hacen expedita y oportuna
- …para resolver y compulsar cualquier solicitud que se encuentre vinculada con el derecho a la libertad, el juez encargado del control jurisdiccional o el juez o tribunal del juicio, deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja
- las autoridades que conozcan las solicitudes de cesación de la detención preventiva tienen la obligación de tramitarlas con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de plazos razonables, mas su aplicabilidad en la praxis no ha sido objeto de cumplimiento de parte de los juzgadores, lo cual amerita que la frase 'plazo razonable', tratándose de señalamiento de día y hora de audiencia para considerar este beneficio, debe ser conceptuada como un término brevísimo, de tres días hábiles como máximo, pues el imputado se encuentra privado de su libertad
- III.3.
- III.4. Respecto al carácter vinculante y cumplimiento obligatorio de las sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 15
- fijando audiencia de juicio oral para el 20 de agosto de 2013, a horas 15:00 p.m
- CONFIRMAR en todo