SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2014

Fecha: 12-Feb-2014

III.4.  Análisis del caso concreto

           Dentro del presente caso, el accionante a través de su represente denuncia una supuesta detención ilegal por parte del Juez y la Fiscal codemandados, señalando en primera instancia que la Fiscal de Materia ejecutó una mandamiento de aprehensión dispuestos por la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal de Quillacollo, quien se encontraba en vacación judicial, cuando las normas claramente establecen que las actuaciones judiciales con detenido quedan suspendidas hasta que se terminen las vacaciones judiciales, por lo que su aprehensión se convirtió en un exceso de autoridad de su parte y por ende en acto ilegal; mientras que la autoridad jurisdiccional demandada, lejos de sanear el procedimiento convalidó dichos actos y asumió ilegalmente la competencia del proceso determinando ilegalmente la aplicación de la medida cautelar de carácter personal como es su detención preventiva.

           De la revisión y análisis de los antecedentes y las conclusiones arribadas, se advierte que el accionante en ningún momento hizo conocer de estas supuestas irregularidades a la autoridad jurisdiccional que conocía el caso, como tampoco interpuso recurso alguno contra las resoluciones que a su entender vulneraban sus derechos fundamentales, inacción que no puede ser subsanada con la presentación de esta acción tutelar.

           La parte accionante, dentro del desarrollo de la audiencia confirma el hecho de que no activó recurso alguno contra la Resolución que supuestamente vulneró sus derechos fundamentales, que tiene por objeto precisamente tutelar sus derechos ante el juez cautelar, aspecto que impide a la jurisdicción constitucional conocer el fondo de lo demandado mediante esta acción tutelar.