SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2014

Fecha: 21-Feb-2014

II.7.

II.7.  Por memoriales de 21 de enero de 2013, la Empresa accionante solicitó al Director Ejecutivo a.i. de la ARIT La Paz, la admisión de los recursos de alzada, impetrando se tome en cuenta el plazo de la distancia, alegando que el 16 de enero de 2013, presentó los recursos ante Notario de Fe Publica de la localidad de Huanuni, por no existir oficina de la AIT en esa localidad que los recursos de alzada luego fueron presentados el 17 de igual mes y año, en La Paz (fs. 24, 36, 49, 61 y 73).