Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2014
Fecha: 21-Feb-2014
Fragmento 17
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución de 21 de septiembre de 2013, cursante de fs. 11 a 13 vta., pronunciada por la Jueza Primera de Partido Liquidadora y de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, y en consecuencia; DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 13
- III.3. Del procesamiento indebido
- III.4. Legitimación pasiva de funcionarios de apoyo jurisdiccional en acción de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17