SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.3.
II.3. Por acta de audiencia de apelación a las medidas sustitutivas impuestas, solicitado por el Ministerio Público y Martha Quispe Huanca, que se celebró el 20 de septiembre de 2013 (fs. 27 a 31 vta.) en el que la parte apelante observa falta de fundamentación en la Resolución 421/2013 y que no se abría desvirtuado los riesgos procesales, acto que concluyó con la Resolución 148/2013, que revoca la Resolución apelada y dispone la detención preventiva de Miguel Cachi Arce, en el Centro Penitenciario de Patacamaya (fs. 32 a 33 vta.), determinación que tiene los siguientes fundamentos: a) El Juez no realizó una correcta valoración de los elementos de prueba, puesto que existe contradicción en los mismos; y, b) que no se presentó documentación idónea para desvirtuar el no riesgo o peligro para la víctima.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Valoración objetiva e integral de los elementos probatorios en la cesación de detención preventiva al amparo del art. 239. 1 del CPP, por el Tribunal de alzada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR