Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2014
Fecha: 21-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Encontrándose un año con detención domiciliaria, dentro del proceso penal que se le sigue, estando radicada la causa ante la Jueza demandada, mediante memorial de 2 de octubre de 2013, se apersonó pidiendo la modificación de las medidas sustitutivas, que hasta la fecha no salió de despacho, habiendo transcurrido más de seis días sin haberse señalado la respectiva audiencia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR