Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2014
Fecha: 21-Feb-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliándolo indicó que, habiendo solicitado, otro de los coimputados, audiencia de cesación a la detención preventiva y que la misma fue señalada para el 7 de octubre de 2013, consecuentemente presentaron memorial de recusación, que hasta la fecha no se dio curso, “… sorprendiendo de que se habría fijado audiencia de modificación de medidas sustitutivas para mi cliente para el 7 de octubre a horas 18:00, empero pero quiero hacer conocer que no se ha notificado” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR