SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2014
Fecha: 21-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue imputada por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, habiéndose dispuesto la detención preventiva por el Juez de la causa, en el Centro de Orientación Femenina Obrajes; encontrándose en estado de gestación, solicitó la cesación de su detención preventiva, disponiéndose la aplicación de medidas sustitutivas, beneficiada con las mismas, acudió ante el Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de La Paz, para que sea modificada la detención domiciliaria respecto del custodio, ello por la falta de personal policial para cumplir tal objetivo; manifiesta que dicha petición se basa en los informes emitidos tanto por la Dirección Nacional de Seguridad Penitenciaria y de la Dirección del Centro de Orientación Femenina de Obrajes. Sin embargo, pese a haber acudido reiteradamente con dicho pedido más los informes citados éstos no fueron considerados por el Juez Tercero de Sentencia Penal, quien se encontraban e suplencia legal de su similar Segundo, no obstante de tener suficiente prueba del citado extremo el cual no es atribuible a la privada de libertad, aclarando que dicha autoridad, no tomó en cuenta el estado de embarazo documentado y respaldado por certificado emitido por el médico forense del Instituto de Investigación Forense (IDIF), contrariamente condicionó la viabilización de la detención domiciliaria sin escoltas, señalando que: “vuelva a acudir a la dirección nacional de seguridad penitenciaria” (sic), decisión que agrava y atenta su derecho a la maternidad segura y salud y del ser en gestación; precisando que fue por esa situación que se dictó la resolución de cesación de detención preventiva; decisión asumida en franco desconocimiento del marco constitucional respecto de la protección a mujeres por su estado de gravidez, ya que determina que sólo de forma excepcional procede la detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- II.2
- II.3.
- II.4
- I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Sobre los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.4. De la restricción de la libertad a mujer en estado de gestación
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo
- DISPONER