Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2014
Fecha: 25-Feb-2014
1)
Iván Michel Torres, Juez Segundo de Instrucción de Familia del departamento de Pando, en audiencia informó que: 1) No se realizó la homologación debido a que la demandante no adjunto el documento base de la misma; 2) En principio se admitió la demanda como aumento de asistencia familiar, pero luego fue subsanado porque se trataba de un error de transcripción; 3) La audiencia preliminar fue señalada desde el “17 de mayo”, pero el abogado del accionante confunde la notificación con este señalamiento con el Auto que resuelve la reposición; y, 4) Todos los recursos presentados por el accionante fueron atendidos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada del debido proceso
- III.2. Derecho a la defensa
- CONFIRMAR