SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2014
Fecha: 25-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que se vulneraron sus derechosa la tutela judicial efectiva y al debido proceso, en sus elementos esenciales del derecho a la defensa y a la fundamentación de resoluciones; además del principio de congruencia; toda vez que, las autoridades demandadas emitieron el Auto Supremo impugnado,sin haber considerado la prueba aportada por las partes durante el proceso y omitiendo referirse al argumento de casación en el fondo respecto a la indebida utilización y calificación de la figura de “tercería de dominio coadyuvante” por parte de las autoridades judiciales inferiores; determinando finalmente, de manera indebida, declarar improcedente el recurso de casación en la forma e infundado en el fondo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La valoración de la prueba como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria y administrativa
- III.2. El derecho al debido proceso y sus elementos esenciales de los derechos a la defensa y a la fundamentación de decisiones
- CONFIRMAR