SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2014
Fecha: 25-Feb-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Es padre de familia de dos hijos que en la presente acción de amparo constitucional son sus representados, quienes tienen un grado de discapacidad intelectual elevada, debidamente comprobada, verificada y certificada por el Comité de la Persona con Discapacidad (CODEPEDIS) Tarija; motivo por el cual solicitó al Ejecutivo de la Seccional de Desarrollo del Gobierno Autónomo Regional Chaco colaboración por parte del PROSOL, consistente en la entrega de un semoviente por familia o en el alambrado de un predio; sin embargo la petición le fue negada bajo el argumento que su persona no contaba con inmueble propio, lo cual implicó un trato desigual con los otros comunarios que sin tener terreno son propietarios de semovientes que pastan en propiedades ajenas.
Expresa que, el referido trato discriminatorio efectuado en su contra y sin haber considerado que su persona y sus representados se encuentren en un grupo que merece protección reforzada por parte del Estado, razón que le motivó a que el 5 de febrero, 7 de junio y 8 de julio de 2013, solicite al Responsable de la Unidad del PROSOL Caraparí la lista de beneficiarios de la asistencia referida ut supra, además de su inclusión en la misma consecuentemente ser un beneficiario más; sin embargo, su petición no fue atendida, motivo por el cual acudió a la jurisdicción constitucional para el reconocimiento de los derechos de sus hijos abstrayéndose de la instancia administrativa; toda vez, que no aplica el principio de subsidiaridad al tratarse de grupos de atención prioritaria y reforzada como se da en el presente caso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.Sobre la protección reforzada respecto a las personas con capacidades diferentes con discapacidad
- III.3. Jurisprudencia
- III.4.Derecho de petición
- III.4.1. Jurisprudencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- ii)