Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.3.
II.3. Mediante Auto de 26 de agosto de 2011, la Jueza Sexta de Instrucción en lo Civil y Comercial, en suplencia legal de su similar Tercero, anuló obrados hasta fs. 59 inclusive, salvando la providencia de radicatoria que antecede y reponiendo el Auto de 17 de noviembre de 2008, conforme a lo señalado en dicho fallo (fs. 379 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- III.2.Derecho a la defensa
- III.3.Análisis del caso concreto
- 1)
- III.4.Otras consideraciones
- CONFIRMAR