Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.1.
II.1. Cursa folio real 5550056 4 de mayo de 2009, registrado bajo la matrícula computarizada 2.01.4.01.0123280 vigente, que acredita la titularidad sobre el dominio de Carlota Paco Vda. de Apaza, sobre el inmueble ubicado en El Alto de La Paz, Urbanización Villa Dolores, Plan 405, Manzana Q1 (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- mecanismo de defensa constitucional extraordinario
- la ingeniería dogmática de la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su naturaleza procesal y el segundo, compuesto por los presupuestos de activación
- segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida
- III.2. Sobre el derecho a la libertad de locomoción
- derecho a la circulación
- III.3. Análisis del caso concreto
- locomoción
- CONFIRMAR en todo