SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2014

Fecha: 25-Feb-2014

locomoción

De antecedentes adjuntos al proceso y la problemática planteada, se establece que la misma, no se encuentra dentro de los alcances o supuestos de activación de la presente acción tutelar, por cuanto se trata de hechos que deben ser denunciados y resueltos en la vía ordinaria; no así por la jurisdicción constitucional, la cual conforme lo desarrollado en los Fundamentos Jurídicos III.1 y III.2, de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, definen los alcances de esta acción, al establecer de manera precisa que es el medio idóneo, efectivo y oportuno para el resguardo de los derechos a la vida, a la libertad física y a la locomoción, ante la evidente lesión a los mismos; sea a través de la tutela a la vida, el restablecimiento de las formalidades legales, el cese de la persecución ilegal o indebida y la restitución de la libertad cuando fuere suprimida a consecuencia de actos ilegales u omisiones indebidas; presupuestos que en el caso en análisis no concurren; por cuanto, respecto a esta última no se advierte que la ahora accionante haya demostrado que su vida se encontraba en peligro, este ilegalmente perseguida y/o indebidamente procesada o privada de libertad; únicos supuestos en los que es posible tutelar el derecho a la libertad de locomoción mediante esta acción tutelar.