SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.2.
II.2. El 9 de septiembre de 2013, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Víctor Quiroga Vargas -ahora accionante-, Juan Carlos y Celso Quiroga Cáceres, por la supuesta comisión de tráfico de sustancias controladas, mediante memorial dirigido al Juez Quinto de Sentencia y de Sustancias Controladas -ahora demandado-, considerando que la Resolución de primera instancia no se halla ejecutoriada por cuanto se anuló el AS 26/2012 mediante Resolución 221/2013 de 27 de agosto, solicitaron la restitución al régimen de medidas cautelares, puesto que antes de la dictación del referido fallo que motivo la extensión de los mandamientos de condena, se encontraban bajo medidas sustitutivas a la detención preventiva. Habiéndose ejecutado el fallo 221/2013 y anulado el referido AS 26/2012, solicitan se libre mandamiento de libertad a favor de el accionante; toda vez, que el mismo se halla cumpliendo sentencia condenatoria en el Penal de San Sebastián de varones y sea bajo la restitución de las medidas sustitutivas a la detención preventiva que estaba cumpliendo (fs. 10 y vta.). Por decreto de 10 de septiembre de 2013, el Juez demandado señaló que habiéndose remitido el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, la parte debía adjuntar copias legalizadas de las piezas pertinentes para dar curso a la solicitud a la brevedad posible, referente a la aplicación de medidas cautelares de las que venían gozando (fs. 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre el indebido procesamiento
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo