Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2014
Fecha: 25-Feb-2014
VIGÉSIMA.
'II. En caso de que dichas mercancías sean declaradas en abandono, la Aduana Nacional adjudicará las mismas al Ministerio de la Presidencia, a título gratuito y exentas del pago de tributos aduaneros de importación, multas y otros gastos emergentes, al día siguiente hábil de la ejecutoria de la Resolución que declara el abandono, bajo responsabilidad funcionaria.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- a)
- 1)
- I.2. Admisión y citación
- i)
- II.1.
- DÉCIMA NOVENA.
- VIGÉSIMA.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- III.2. Sobre la calidad de cosa juzgada constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE