SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2014

Fecha: 10-Mar-2014

denegó

Por Resolución 18/2013 de 25 de septiembre, cursante de fs. 233 a 240 vta., la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, denegó la tutela solicitada; sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) La acción de amparo constitucional ha sido instituida como un recurso extraordinario y subsidiario de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, que en ningún caso será equiparado o utilizado como una instancia de apelación y menos de casación; y, 2) Revisar un proceso judicial con la finalidad de dejar sin efecto las resoluciones judiciales pronunciadas por las autoridades demandadas, no puede ser realizado a través de la acción de amparo constitucional, pues, ello implicaría, por una parte, valorar prueba aportada por las partes, y por otra, hacer una interpretación de la legislación ordinaria, facultad que corresponde a los jueces y tribunales ordinarios, lo contrario significaría sustituir a las autoridades judiciales en la función que legalmente tienen atribuida.