SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0612/2014

Fecha: 25-Mar-2014

II.4.

II.4.   Por Auto Supremo 48 de 21 de febrero de 2013, las autoridades demandadas declararon no ha lugar a la solicitud de explicación, aclaración y complementación formulada por el accionante, toda vez que el solicitante pidió el motivo por el cual se dejó vigente la sentencia que a su criterio está basada en documentos falsos, sin precisar cuáles son esos documentos y si su falsedad fue establecida por autoridad competente, sin advertir además que la Sentencia de primera instancia, fue pronunciada previa valoración en conjunto de los antecedentes y pruebas cursantes en el proceso dentro del marco de lo previsto por los arts. 3 inc. j) y 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT) (fs. 150 a 151).