SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2014

Fecha: 25-Mar-2014

concedio

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 62/2013 de 15 de octubre, cursante de fs. 20 a 23, concedio la tutela disponiendo la celebración de la audiencia de modificación de medidas cautelares, en base a los siguientes argumentos de orden legal: 1) Las audiencias fijadas para la consideración de la modificación de las medidas sustitutivas no fueron efectivizadas, por cuanto la parte querellante solicitó la suspensión de las mismas; 2) La carga procesal y la ausencia de personal denunciadas por la autoridad demandada no son justificación para incumplir los plazos procesales establecidos para la consideración de la modificación de las medidas sustitutivas inicialmente dispuestas; y, 3) La audiencia de referencia debió fijarse para dentro las setenta y dos horas de realizada la solicitud, lo contrario implica una violación del principio de celeridad establecido en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE) y en la amplia jurisprudencia constitucional establecida a dicho efecto.