Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2014
Fecha: 25-Mar-2014
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 19 de febrero de 2013, dirigido al Director Departamental del Ministerio del Trabajo; los accionantes, solicitan la admisión de su memorial de reincorporación laboral (fs. 38 vta.); mediante Decreto de 26 de igual mes y año, la Inspectora codemandada, indicó: “De acuerdo a la providencia del 15 de Febrero de 2013, la misma que está basada en el art.5 de la R.M. 868/10, es Precisa… debiendo la parte solicitante acudir mediante sus reglamentos internos…” (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho al trabajo, la estabilidad laboral y la reincorporación en caso de despido injustificado
- -en toda su actuación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR