SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2014
Fecha: 25-Mar-2014
i)
Humberto Sánchez Sánchez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba, a través de su representante, en el informe escrito cursante de fs. 44 a 46 vta., señala: i) Los accionantes, no cuentan con título propietario, por lo cual carecen de “personería” jurídica y legitimación activa, tampoco agotaron los recursos establecidos por ley; y, ii) Existiendo orden judicial, cuyo incumplimiento generaría a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE), delitos de desobediencia e incumplimiento de deberes, se coordinó con el Oficial de Diligencias la ejecución de los desapoderamientos de las viviendas y una vez totalmente desocupadas, se procedió a su demolición, sin que ello signifique violencia o vulnerar el derecho a la dignidad.
Carmelo Michel Valencia Ramírez, Oficial de Diligencias del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, en audiencia informó que los accionantes, no se identificaron a tiempo de ejecutar el desapoderamiento. Su persona dio estricto cumplimiento al mandamiento de desapoderamiento de 18 de junio de 2013 y al exhorto de la misma fecha expedido por la Jueza demandada, sin que en ningún instante los ya nombrados accionantes exhibieran facturas de luz o documento alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección
- Fragmento 13
- III.2. El derecho a la defensa
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. El derecho a la vivienda
- el derecho a la vivienda digna '…persigue la satisfacción de las necesidades que tienen las personas,
- Fragmento 21
- III.5. El derecho a la dignidad
- III.6. Análisis en el caso concreto
- 1° REVOCAR