SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0652/2014
Fecha: 25-Mar-2014
III.4. El derecho a la vivienda
Este derecho se encuentra previsto en el art. 19.I de la CPE, sobre el cual, la SCP 0892/2013 de 20 de junio, estableció: “De acuerdo a la sistemática de la Constitución Política del Estado, el Título II del Libro Primero está destinado a la consagración de los derechos fundamentales y garantías; entendiéndose por tales a todos aquellos reconocidos en los diferentes capítulos del Título; sin embargo, existe un grupo de derechos que tienen una relevancia particular en nuestro texto constitucional, que se encuentran en el Capítulo Segundo, y son denominados derechos fundamentales.
Entre estos derechos se encuentran los derechos a la vida, a la integridad física, psicológica y sexual, el derecho al agua y a la alimentación, a la educación a la salud, a un hábitat y vivienda adecuada y a los servicios básicos. Este grupo de derechos; por tanto, bajo la estructura constitucional tiene la calidad de derechos 'Fundamentales-Fundamentales'; doble fundamentalidad que responde tanto a la ubicación de los mismos en la Constitución Política del Estado, como a los contenidos que el constituyente le asignó, bajo el entendido que son los mínimos indispensables que permiten a las personas y colectividades a desarrollarse plenamente y ejercer los otros derechos previstos en la Ley Fundamental.
Esto no significa claro está, que la clasificación de los derechos que efectúa la Norma Suprema implique la superioridad o inferioridad de unos derechos sobre otros, pues, en el marco de lo previsto en el art. 13.III de la CPE, todos los derechos tienen una igualdad jerárquica en abstracto; lo que no le impide al juzgador, en el análisis de cada caso concreto, efectuar la ponderación de los derechos que eventualmente pueden encontrarse enfrentados y decantarse por la tutela de uno de ellos, a la luz de las circunstancias particulares de cada supuesto fáctico.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección
- Fragmento 13
- III.2. El derecho a la defensa
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. El derecho a la vivienda
- el derecho a la vivienda digna '…persigue la satisfacción de las necesidades que tienen las personas,
- Fragmento 21
- III.5. El derecho a la dignidad
- III.6. Análisis en el caso concreto
- 1° REVOCAR