Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2014
Fecha: 25-Mar-2014
II.7.
II.7. Mediante Auto de 7 de junio de 2013, el Juez demandado, ordenó el apremio del accionante mediante orden instruida, con habilitación de días y horas extraordinarias, que fue modificado por providencia de 9 de agosto de igual año, en el sentido que su ejecución se encomienda a cualquier autoridad policial del departamento de La Paz (fs. 192 vta. y 193 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- De lo expuesto precedentemente, debe establecerse que en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo