Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0084/2014-RCA
Fecha: 07-Abr-2014
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, dejando sin efecto el Auto inicial del sumario administrativo de 4 de junio de 2013, la RA Sumarial 001/2013 de 24 de junio, RA Sumarial Final 002/2013 de 19 de julio, y la Resolución CSBP 002/2013 de 21 de agosto, del recurso jerárquico; además, se disponga la inmediata reincorporación a su fuente laboral en el anterior cargo como Agente Regional de Oruro, la cancelación de sus haberes devengados, aguinaldos y otros beneficios sociales, se garantice su estabilidad laboral a partir de su reincorporación, la certificación y cancelación de perjuicios ocasionados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- es un mecanismo subsidiario, porque únicamente puede instaurarse cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa; por lo tanto, cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos,
- la parte accionante debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos que tenga expeditos en la vía administrativa o jurisdiccional, pues donde se deben reparar los derechos lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde fueron vulnerados
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- 2.
- 8.