AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2014-O

Fecha: 28-Abr-2014

Fragmento 16

Según informan los datos del proceso constitucional, María Olga Mendía Gandarilla, tercera interesada en la acción de amparo constitucional interpuesta por Ana Cristina Vaca Gómez, suscitó incidente ante el Tribunal de garantías, argumentando la imposibilidad de la ejecución de la SCP 0887/2012, toda vez que, los actuales Vocales de la Sala Civil Primera, no tienen competencia, personería o legitimación para ejecutar dicho fallo constitucional, porque: i) No fueron demandados, pese a desempeñar el cargo desde el 9 de julio de 2010, más de un mes antes de la audiencia de acción de amparo constitucional; ii) Porque la acción de amparo constitucional fue interpuesta contra los ex-Vocales; iii) Las citaciones fueron practicadas en los domicilios particulares de los demandados y no en el domicilio institucional; y, iv) Porque al “órgano institucional” (Sala Civil y Comercial Primera) no le alcanza responsabilidad, al haber sido colocado en absoluto estado de indefensión.