Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2014-O
Fecha: 28-Abr-2014
I.3. Memoriales presentados por la accionante
María Olga Mendía Gandarilla, el 1 de abril de 2013, solicitó se considere la jurisprudencia vinculante (fs. 131 y vta.); lo mismo hizo mediante memorial presentado el 8 de abril del mismo año, que mereció el decreto de la misma fecha en la que se señala: “Estese al auto N° 136 de 19 de Marzo del presente” (fs. 135 a 136); por lo que interpuso aclaración y complementación, declarado por Auto de 17 de abril de 2013 “no ha lugar” (fs. 138 a 139 vta.).
- María Olga Mendía Gandarilla
- a)
- I.3. Memoriales presentados por la accionante
- I.4. Resolución objeto de revisión
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III.1. De la competencia de las Salas del Tribunal Constitucional Plurinacional, para conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento de la ejecución de las resoluciones constitucionales, en acciones tutelares que fueron conocidas y resueltas por la Sala Liquidadora Transitoria de este mismo Tribunal
- (Transferencia de competencias)
- salas
- Pleno
- adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones”
- Ministerio Público”
- Desobediencia a Resoluciones en Acciones de Defensa y de Inconstitucionalidad
- Fragmento 16
- Fragmento 17