AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2014-O

Fecha: 30-Abr-2014

II.2.1.

II.2.1. Las autoridades que deben resolver el cumplimiento de la SCP 0626/2012, son los actuales Vocales de la Sala Penal Segunda; toda vez, que la responsabilidad es institucional, no personal y en el punto dos del referido fallo, claramente dispone: “…dejar sin efecto el Auto de Vista 142 de 6 de julio de 2009, debiendo los Vocales demandados emitir un nuevo Auto de Vista conforme los fundamentos del presente fallo”.