SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0676/2014

Fecha: 08-Abr-2014

II.2.

II.2. La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, mediante Auto 39 de 30 de agosto de 2012, admitió la demanda contenciosa administrativa, expresando lo siguiente: “Encontrándose presentada dentro del término legal la demanda contencioso administrativa de fs. 29 a 34 vta., de obrados, así como el memorial de fs. 45 y vta., a través del cual se subsana lo extrañado en el decreto de fs. 36, dentro de la demanda interpuesta por Jorge Jesús Barahona Rojas en su condición de Viceministro de Tierras dependiente del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, como se evidencia de la fotocopia legalizada de la Resolución Suprema 07412 de 11 de mayo de 2012 de fs. 3, contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia y Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, a objeto de impugnar la Resolución Suprema Nº 01494 de 18 de septiembre de 2009 pronunciada dentro del proceso de Saneamiento Integrado al Catastro Legal (CAT-SAN), respecto al Polígono N° 008 de la propiedad actualmente denominada “Cinco y Despojo” ubicado en el cantón El Puente, sección Tercera, Provincia Guarayos del departamento de Santa Cruz, consecuentemente, habiendo cumplido con los requisitos establecidos, SE ADMITE la referida demanda…” (sic) (fs. 25 y vta.).