SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2014

Fecha: 10-Abr-2014

1)

El accionante a través de su abogado en audiencia ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción de defensa; asimismo, amplió la misma, señalando que: 1) En el presente amparo constitucional, no existe identidad de sujeto, objeto y causa, pues se interpuso la anterior acción el 2011, contra los representantes del INRA y los Magistrados del Tribunal Agrario Nacional, pidiendo la nulidad de un proceso de saneamiento y posterior proceso contencioso administrativo; sin embargo, en la presente acción, solicita la suspensión de la ejecutoria de esa Resolución hasta que se concluya con la respectiva Sentencia Constitucional Plurinacional; 2) Con relación al requisito de subsidiariedad, se envió un memorial al INRA de Beni, haciéndole conocer la existencia de la “SC 0421/2004 de 23 de marzo”, por la que se establece que en tanto no se resuelva la acción de amparo se produce un efecto suspensivo dentro del proceso; vale decir, que solicitó la paralización del desalojo de manera momentánea hasta conocer el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, al ser denegada dicha solicitud, considera que no existe otro recurso, ni administrativo, menos judicial para poder precautelar sus derechos y garantías; y, 3) Finalmente, en cuanto a la improcedencia de la acción por tratarse supuestamente de actos libres y consentidos, manifiesta que el accionante nunca envió una nota al INRA, señalando que estaba de acuerdo con el desalojo, sino más bien antes del mes ya estaba pidiendo mediante nota de 12 de septiembre de 2013, la paralización de manera temporal del desalojo de su domicilio.