SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2014
Fecha: 10-Abr-2014
por sustracción de la materia,
Por lo expuesto, conforme el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se concluye que en el caso se ha concretado una imposibilidad sobreviniente que imposibilita el conocimiento en el fondo de la problemática planteada, por sustracción de la materia, ya que el fallo de la primera acción de amparo constitucional que interpuso el accionante y que se encontraba destinada a revisar las determinaciones que en sede administrativa y judicial se habían tomado con relación al saneamiento agrario del predio denominado “La Cruz”, misma que de acuerdo a la revisión de gestión procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, fue resuelta mediante SCP 0922/2013-L de 23 de agosto, por la cual “revoca en parte la Resolución 288/2013 de 11 de junio, pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca; en consecuencia, concede la tutela solicitada por el derecho al debido proceso, dejando sin efecto el Auto Intimatorio de 21 de noviembre de 2011, y la Sentencia Agraria Nacional 09/2011 de 14 de marzo, ordenando el pronunciamiento de uno nuevo, que efectúe una valoración integral de la prueba conforme a los fundamentos expuestos precedentemente”; asimismo, “deniega la tutela con relación al derecho al trabajo y a la propiedad, aclarándose que no se ha ingresado al análisis de fondo de los fundamentos expuestos”; motivo por el cual, se configura en el presente caso, una imposibilidad real que impide a la jurisdicción constitucional pronunciarse por sustracción de la materia, en el entendido que a causa de la SCP 0922/2013-L de 23 de agosto, se ha dejado pendiente cualquier ejecución que pudiera dictar la autoridad agraria sobre el predio “La Cruz”, mientras no se dé cumplimiento a la referida Sentencia Constitucional Plurinacional, lo que impide se pueda ingresar a resolver el fondo de la problemática planteada.