SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2014

Fecha: 10-Abr-2014

III.2. Análisis del caso concreto

El accionante considera que la jurisprudencia constitucional ha determinado que la acción constitucional tiene efecto suspensivo, cuando ha sido denegada o rechazada la tutela; por ello, sostiene que las autoridades demandadas sin esperar el resultado final de su acción de amparo constitucional en el Tribunal Constitucional Plurinacional, incurrieron en actos ilegales en el desalojo de su predio denominado “La Cruz”, en la conminatoria respectiva y en la negativa de suspender dicha orden de desalojo.