SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.2.
II.2. Mediante oficio ELAPAS GC 144/12 de 15 de octubre de 2012 (recepcionado el 17 de igual mes y año), el Gerente General y la Gerente Comercial de ELAPAS −ahora demandados− al Rector de la UMRPSFXCH, Walter Isidro Arizaga Cervantes −hoy accionante−, solicitaron la regularización de conexiones en predios de REFISUR, pues en virtud a la inspección técnica de las conexiones de los predios transferidos a dicha Universidad, reportan a esa fecha deudas de varios medidores (Códigos: 700220450, 700220500, 700220550, 700220600, 700220700, 700221180, 700221200 y 700221250), por ello en cumplimiento a la normativa vigente sostienen que deben cortar el suministro de agua en aquellos predios con medidores en mora; sin embargo, a efectos de evitar el corte en días próximos solicitan apersonarse al personal responsable a fin de proceder a la conciliación de cuentas y verificar la forma de cancelación, otorgando como fecha límite el mes de emisión de la nota (fs. 41).