Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2014
Fecha: 10-Abr-2014
Fragmento 11
El debido proceso previsto en el art. 115.II de Constitución Política del Estado (CPE), ha sido entendido por el Tribunal Constitucional, en la SC 2798/2010-R de 10 de diciembre, como: “…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 3)
- 4)
- concedió parcialmente
- II.1.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- Fragmento 11
- III.2. El debido proceso y los principios de congruencia, motivación fundamentación de las resoluciones
- III.2.1. Principio de congruencia
- III.2.2. De la motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3. El derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR