SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2014

Fecha: 10-Abr-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la demanda ordinaria por cobro de dineros seguida por Newman Lumber Company representada legalmente por Oscar Maldonado Arteaga contra la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada “SATA S.R.L.” interpuso recurso de casación refiriendo cinco puntos de agravio sufridos tanto por la “Resolución 180/2010 de 16 de junio de 2011” y el Auto de Vista 337/2012 de 4 de septiembre, refiriendo:

En ese sentido refiere que las autoridades demandadas al dictar el Auto Supremo 121/2013 de 11 de marzo, debieron pronunciarse sobre todos los fundamentos de la casación de fondo; sin embargo, únicamente se pronunciaron sobre la excepción de prescripción, y de manera soslayada sobre la inexistencia de conciliación de cuentas entre las partes que falsamente acusan en la Sentencia y Auto de Vista citados.

Finalmente, señala que el Tribunal Supremo de Justicia tiene que someter sus actos y resoluciones al mandato imperativo de la ley, lo que implica que el Auto Supremo impugnado debió someterse a las reglas procesales estatuidas en el “Cap. VI, Título V, Libro Primero del Código de Procedimiento Civil” (sic); no obstante la claridad de dichas normas el fallo judicial se pronunció únicamente en torno a la excepción de prescripción, eludiendo de manera “superflua” la diferencia semántica de las expresiones de prescripción y caducidad, sin ingresar al contenido dogmático que dichos institutos jurídicos comprendidos en los arts. 1492 y 1486 del Código Civil (CC) y menos compulsar axiológicamente cada una de ellas, conllevado al accionante en situación de indefensión.