SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2014

Fecha: 10-Abr-2014

III.2. Análisis del caso concreto

En el caso concreto, el accionante alega que se encuentra detenido preventivamente y que el denunciante en la acción penal que se le sigue habría contratado a otros internos para asesinarlo por la suma de $us60.000.-; asimismo, manifiesta que la apelación que interpuso contra la medida cautelar en su contra está pendiente de resolución desde el 16 de julio de 2013.

En lo referente a la demora en la tramitación de la apelación y/o cualquier otra irregularidad procesal al interior del proceso penal seguido contra el accionante, observado por la Jueza de garantías como puede ser la tramitación de incidentes de actividad procesal defectuosa, no corresponde efectuar pronunciamiento alguno por parte de este Tribunal en atención a que las autoridades judiciales encargadas del caso no fueron demandadas; en este sentido las SSCC 0255/2001-R, 0829/2001-R, 1014/2001-R, 1349/2001-R, 1351/2001-R, establecieron que la legitimación pasiva es la: “…calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción”, aspecto que en el presente caso impide ingresar al fondo de dichas problemáticas, pues la tramitación de las mismas no son competencia del ahora demandado, quien al interior del proceso penal es el denunciante del accionante y por tanto no tiene poder de definición en dichas materias.