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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0770/2014

    Fecha: 21-Abr-2014

    III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

    El accionante a través de su representante, señala que se encuentra privado de libertad desde el 12 de septiembre de 2013 y habiendo solicitado cesación a la detención preventiva, la misma fue dilatada por la Jueza demandada, dado a que la audiencia de 29 de octubre de igual año, a la cual asistió con su abogado y escolta policial, no se llevó a cabo, y que los funcionarios del Juzgado tampoco se encontraban presentes.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.2. Participación del representante del Ministerio Público en audiencia de cesación a la detención preventiva.
    • no puede suspenderse una audiencia de cesación a la detención preventiva por causas o motivos que no justifiquen la suspensión, tales como la inasistencia del representante del Ministerio Público o de la víctima y/o querellante habiendo sido notificadas legalmente
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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