SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0790/2014

Fecha: 21-Abr-2014

III.4. Procedimiento establecido por la Ley de Municipalidades

En resguardo del debido proceso, se ha establecido el procedimiento instituido en las normas previstas por los arts. 35 al 37 de la LM, cuando son sometidos a un proceso interno el alcalde o concejales, dentro del cual deberá comprobarse la veracidad de los hechos que originen la causal de suspensión y emitirse la Resolución pertinente a fin de no vulnerar derechos fundamentales.