SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2014

Fecha: 30-Abr-2014

II.2.

II.2.  Mediante memorial presentado el 16 de octubre del indicado año, por Reynaldo Mamani Calle en representación del accionante, ante el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto, se apersona y hace conocer la existencia de una ilegal notificación, pidiendo se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión librado contra Pedro Mamani Vásquez. En consecuencia, mediante providencia de 17 del citado mes y año, la mencionada autoridad, señaló: “Siendo que la persecución penal en la legislación boliviana es intuito personae, por lo que el impetrante del anterior memorial, deberá acreditar su personería e interés legal en el presente caso, hecho lo cual se decretará lo que fuere de Ley” (sic) (fs. 10 a 11).