SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2014
Fecha: 30-Abr-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante del accionante denuncia que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la libertad, al debido proceso en su elemento del derecho a la defensa, de certeza de la imputación, de objetividad y las garantías de la presunción de inocencia e indubio pro reo; debido a que, Cesar Pedro Adrián, Fiscal de Materia formulo imputación formal en su contra y solicito su detención preventiva, sin tener los suficientes elementos de prueba para presumir su participación; y, el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal en la audiencia de aplicación de medidas cautelares emitió Resolución disponiendo su detención preventiva, sin valorar los elementos de prueba que fueron adjuntados junto con la imputación formal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
- la vida cuando se encuentre en peligro
- se concluye que el accionante acudió a la jurisdicción constitucional sin que haya agotado la vía ordinaria, lo que resulta inadmisible, ya que el ordenamiento jurídico no puede crear y activar mecanismos simultáneos o alternativos con el mismo fin que generen disfunciones procesales….
- cuando el accionante no agota las vías idóneas inmediatas ante la justicia ordinaria o bien activa de manera simultánea otras formas de reclamación, este órgano de justicia constitucional se ve impedido de brindar la tutela impetrada
- III.3.
- CONFIRMAR