SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2014

Fecha: 08-May-2014

Fragmento 21

         El accionante señala que dentro del proceso penal referido, las autoridades demandadas incurrieron en dos actos lesivos: i) El Auto Interlocutorio 143/2013, carece de motivación, al no pronunciarse sobre todos los puntos expuestos en su memorial de recusación; y, ii) Dicha Resolución debió ser remitida ante el Tribunal superior dentro de las veinticuatro horas, conforme lo previsto por el art. 320 de la CPP.