SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2014

Fecha: 12-May-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 13 de junio de 2009, se emitió el informe de auditoría especial ET/EP08/E07-R3, sobre adquisición de medicamentos y pago de bonos de transporte al personal de la Caja Nacional de Salud (CNS) Regional Tarija, por el periodo comprendido entre el 2 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2006, a través del cual establecieron, que esas decisiones no estarían respaldadas con disposiciones legales que rigen la materia, en ese sentido, los ejecutivos, ex ejecutivos y miembros del Directorio de la referida institución, así como de la Administración de la Regional de Tarija, habrían incurrido en gastos restringidos por disposiciones legales, estableciéndose responsabilidad solidaria en contra del hoy accionante, que fungía como Administrador de ésta última, sin que las autoridades cuestionadas hayan considerado la documentación que expuso como prueba de descargo el 9 de noviembre de 2009; posteriormente, el 24 de diciembre de 2012, la CGE dictó el informe complementario ET/EP08/E07-C3 confirmando la responsabilidad civil solidaria, sin haber valorado la prueba presentada; consiguientemente, el Contralor General del Estado, obviando todas esas irregularidades emitió el Dictamen de Responsabilidad Civil CG3/DRC-051/2012 el 31 de diciembre, aprobando los informes de auditoría, violentando su derecho al debido proceso en sus vertientes de una debida motivación y fundamentación, además de la omisión de valoración de la prueba, así como de su derecho a la defensa al no haberse especificado que normas legales se vulneraron con la autorización de pago de los bonos de transporte a los trabajadores de la CNS Regional Tarija.