SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2014

Fecha: 12-May-2014

1)

Asimismo, en uso de la réplica señaló: 1) El proceso electoral no concluyó, puesto que está pendiente el acto de posesión, por ello el accionante, en su calidad de delegado, tiene la función de representar al frente en todas las instancias; 2) El Comité Electoral en sus funciones es autónomo e independiente, no existiendo instancia superior de impugnación, ni pudiéndose hablar de un recurso de apelación de la “mesa electoral” puesto que no tiene observaciones en ese nivel; y, 3) Del libro de actas que presentaron los demandados, sólo aparece su firma en el acta de 11 de octubre de 2013, reunión en la cual se trató el sorteo de orden de frentes.